En estos días hemos recibido algunas consultas sobre el acuerdo del Poder Ejecutivo con la Asociación Bancaria de Panamá, anunciado esta semana.
Nos permitimos resumir los puntos salientes.
- La nueva moratoria se extiende hasta el 31 de diciembre del 2020, para aquellas personas que ven afectadas su capacidad de pago por la crisis.
- Las extensiones son de pago. No se cobrará interés de mora, recargos, ni interés sobre interés. Los intereses se seguirán generando de manera regular.
- Aplica a todo tipo de préstamo personal (hipoteca, tarjetas de crédito, autos, etc.) y empresarial (Pymes) entre otros.
- La prorroga no es automática. Los clientes deben acercarse a sus bancos durante el periodo actual de moratoria para solicitar acogerse a ella.
- Los bancos poseerán registro de los contratos suspendidos del Mitradel. Personas independientes deberán dar cuenta de su afectación.
- En casos de hipotecas, una vez finalizada la moratoria la cuota se mantendrá igual por lo que se extenderá el plazo (salvo acuerdo particular).
- En lo que resta del año tampoco se producirán ejecuciones.
- No se afectará el historial de crédito por no pagar en este período.
- No hay un formato único para la forma del pago de intereses, lo que deberá ser visto por el cliente con cada institución bancaria.
Son tiempos de cuidarse.
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